Los menores conviven a diario con las Nuevas Tecnologías, navegan por Internet, juegan con consolas de videojuegos o se comunican con sus amigos a través del teléfono móvil. Si bien es cierto que las llamadas Tecnologías de la Información y el Comunicación (TIC) les ofrecen innumerables beneficios, también esconden peligros que deben conocer. Nosotros, sus mayores, debemos mostrarles esos riesgos y enseñarles a prevenirlos con una utilización responsable de los medios que utilizan.
Para ello, en primer lugar, los padres, tutores o educadores tenemos que concienciarnos de la necesidad de controlar el uso que los menores hacen de las TIC desempeñando una continua labor evangelizadora, labor clave para una navegación segura y responsable del menor.
En este sentido, es cada vez mayor la atracción de los menores hacia los foros, chats, redes sociales… Debemos acompañarlos, ayudarles a distinguir los riesgos, y decirles lo que pueden y lo que no pueden hacer, no cesando en esta labor educativa y evitando caer en la mera prohibición porque, de un modo u otro, encontrarán la manera de acceder a las TIC. Si no lo hacen en casa, lo harán fuera.
Igualmente se antoja imprescindible que conozcamos las herramientas que la tecnología pone a nuestra disposición para controlar el uso que los menores hacen de Internet: límites de tiempo y contenidos, determinación de juegos y programas ejecutables… Disponemos de controles de seguridad para impedirles el acceso tanto a los contenidos que según los valores culturales, sociales, religiosos y morales de cada cual consideremos inapropiados (apuestas online, pornografía adulta, ensalzamiento de la anorexia o la bulimia…), como aquellos otros que sean ilícitos (pornografía infantil, pederastia, contenidos racistas o xenófobos, apología de terrorismo, estafas informáticas…).
Como complemento a esta labor educativa, las instituciones deben velar tanto por lo dispuesto en la normativa vigente como por los derechos de los menores. Así, contamos con la incansable labor de la Agencia de Protección de Datos que, entre otras acciones, publicó en el año 2008 una Guía de recomendaciones sobre los derechos de niños y niñas y los deberes de los padres y madres en la que cobra gran importancia la educación y protección del menor ante las Nuevas Tecnologías. En el mismo sentido, el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid pretende concienciarnos de la necesidad de proteger a los menores con la publicación de una serie de recomendaciones que fomentan un uso responsable de las nuevas tecnologías.
Y como no, es preciso que las propias redes sociales se involucren definitivamente en la sensibilización de los menores hacia todos estos peligros. En este sentido, es destacable el acuerdo al que han llegado Tuenti, principal red social española, y la Agencia de Protección de Datos para el establecimiento de mecanismos de verificación de la edad que permitan la denegación de acceso a la red social a todos los menores de 14 años, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal. El paso dado ha sido importante, pero quedan muchos otros logros por alcanzar, como puedan ser la protección de los perfiles de los menores o el establecimiento de mecanismos que permitan a los menores informar de abusos, y sin olvidar los problemas que pueden suscitar la privacidad de los contenidos que el menor pueda subir en otras redes sociales domiciliadas en el extranjero como pueden ser, entre otras, Facebook, Twitter o MySpace.
Por último, se debe poner de relieve que las denuncias recibidas relacionadas con delitos informáticos que afectan a menores cada vez son mayores. Entre estos delitos es preciso destacar el "grooming" – prácticas online de ciertos adultos para ganarse la confianza de un menor fingiendo cariño o empatía con fines de satisfacción sexual (como mínimo, y casi siempre, obtener imágenes del menor desnudo/a o realizando actos sexuales) -, el "ciberbulling" - amenazas, hostigamientos o humillaciones de un menor hacia otro mediante el uso de Internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras -, el "sexting" - envío de contenidos de tipo sexual (principalmente fotografías y/o vídeos) producidos generalmente por el propio remitente, a otras personas por medio de teléfonos móviles -, la difusión de imágenes o documentos con datos personales del menor o de terceros sin su consentimiento…
Por ello, cuando todos los mecanismos educativos y preventivos no surtan efecto y detectemos cualquier tipo de contenido que suponga una vulneración del ordenamiento jurídico y de los derechos del menor, se hace imprescindible la actuación que desempeñan los órganos judiciales y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. En este sentido, la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, con una unidad específica destinada a la protección del menor, se encarga de recibir las denuncias, investigar y perseguir delitos que se sirven de Internet o de las Nuevas Tecnologías para su comisión.